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“INSABI y gobiernos deben establecer reglas de operación; lo dice la Ley”: Gilberto Herrera

* El Coordinador estatal de Programas Sociales en Querétaro, explicó que las autoridades federales y estatales tienen 180 días para establecer las reglas de operación del INSABI.

Las reglas de operación del Instituto de Salud para el Bienestar (INSABI) no se dieron a conocer en la Ley General de Salud y la Ley de los Institutos Nacionales de Salud porque la reforma establece que el instituto y los estados las deben establecer, en un periodo de 180 días posterior a la entrada en vigor del decreto (el 1 de enero), para que estas no sean una imposición del Gobierno federal, afirmó Gilberto Herrera Ruiz, coordinador estatal de los Programas de Desarrollo Social Federal.

“El artículo 77 bis 6 de la ley refiere que el INSABI y las entidades federativas celebrarán acuerdos de coordinación para la ejecución, por parte de estas, de la prestación gratuita de servicios de salud (…) tomando en consideración la opinión de las entidades federativas”.

“Tienen 180 días, hasta seis meses, para ponerse de acuerdo ¿por qué? porque (las reglas) se harán en convenio (…) con todos los gobiernos interesados, para tener reglas de operación con las que todo el mundo esté de acuerdo”.

Enfatizó que el argumento del mandatario estatal, Francisco Domínguez Servién, de negarse a firmar el convenio es porque considera que se va a centralizar el sector salud a nivel federal, pero la Ley establece que los estados se pueden hacer cargo de la organización, planeación, operación y supervisión; entonces no hay razón para no firmar y seguir cobrando como lo está haciendo hasta ahora.

“El hecho de que no conozcas una ley no te permite el violarla (…) todos teníamos la obligación de leerla y sobre todo los responsables de salud para no cometer errores y decir ‘yo no sabía’ por eso espero que le reembolsen a la gente lo que le han cobrado”.

Confirmó que el 20 de este mes estará en Querétaro Juan Antonio Ferrer, director del INSABI, para aclarar lo que las autoridades estatales deberían saber.

“No es obligación del Director del Instituto venir a informarles porque ellos estaban obligados a conocer la ley y operarla tal cual”.