Dicha modificación debe ser votada por los 18 ayuntamientos con base al artículo, 39 de la Constitución Política del Estado de Querétaro en la que se expone la necesidad de reunir dos terceras partes del número total de los integrantes de la Legislatura del Estado y el voto favorable de las dos terceras partes de los Ayuntamientos, mismo que podrá ser a favor o en contra, debiendo de fundar y motivar el sentido del mismo.
En relación con el reglamento interno del Ayuntamiento, en su artículo 119. Los mecanismos que se establecen para los miembros del Ayuntamiento emitan su voto serán los siguientes; II, Votación por mayoría calificada: Es aquella que requiere, cuando menos, el voto de las dos terceras partes de los integrantes del cuerpo colegiado, en un mismo sentido, los asuntos que requieren de votación son (inciso G) todos aquellos actos en los que por disposición legal el Ayuntamiento deba remitir a la Legislatura del Estado.
Es por tal disposición que al haber empate en el número de votaciones dicha propuesta de proyecto de Ley fue considerada como “en contra”, al no haber cumplido con los votos mínimos requeridos, sin embargo, el Ayuntamiento de Jalpan de Serra, así como el Gobierno Municipal, acatarán la decisión que sea tomada por la mayoría de los Ayuntamientos en el Estado.
Fue la presidente municipal Celia Amador Enríquez, así como los regidores Ana Correa Reyes, Jésica Medina Correa, Gabriela Sánchez Salazar y Diego Jiménez Días, quienes aprobaron la reforma; mientras que Fidencio Reséndiz León, Baldomero Palacios González, Nancy Abigail Hernández Enríquez, Jesús Velázquez Ortega y Maribel Salaz García, quienes no avalaron la iniciativa.