Santiago de Querétaro, Qro. - Luego de que el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro Encinas Rodríguez, hiciera un llamado al estado de Querétaro para no hacer uso del derecho penal durante la emergencia sanitaria, el Presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado de Querétaro, Miguel Ángel Torres Olguín, explicó que la reforma al código penal fue consensuada y aprobada por todas las fuerzas políticas de la actual legislatura
“Era una reforma sin duda necesaria (…) es para responderle a la gente que hoy está dando la vida en los hospitales, que está luchando todos los días por salvar vidas, y que son justamente los médicos, las enfermeras, los enfermeros, quienes están dando la batalla en los hospitales. Es protegerlos, es cuidarlos ante la situación que hoy estamos viviendo”.
Aseguró que las medidas señaladas en el código penal, son para proteger a todas aquellas personas que están siendo víctimas de violencia familiar debido al confinamiento por lo que manifestó que “era responsable y necesario legislar al respecto”.
Asimismo, consideró que era importante establecer el uso necesario y excepcional del derecho penal en contra de quien sabiéndose enfermo (de COVID-19), no acatare las medidas de salubridad y salga a la calle poniendo en peligro a los demás.
Por otra parte, respondió a las afirmaciones de quienes señalan que se quiere sancionar la libre manifestación a través de un blindaje a la obra pública: “es una mentira monumental (…) la reforma sólo aplica cuando las reuniones convocadas no cumplan con las medidas sanitarias y que estén en riesgo de contagio; así que, mientras cumplan con la sana distancia, no tendrán absolutamente ningún problema”.
Consideró que quienes asesoraron al Subsecretario Encinas le informaron de manera errónea el contexto y la realidad de esta reforma del código penal, pues no se está violando ningún derecho humano.
Finalmente, subrayó que, de acuerdo con la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, en tiempos de pandemia la autoridad puede generar algún tipo de limitación o restricción a los derechos fundamentales bajo los criterios de necesidad, razonabilidad, proporcionalidad, y temporalidad:
“Lo que hoy se está haciendo es permisible (…) esta reforma destaca el derecho humano a la salud, me parece que estamos obligados a promover la solidaridad en exigir una actitud solidaria, comprensible hacia los demás ante una situación excepcional y que la crisis sanitaria que estamos viviendo la restricción temporal permite ponderar el derecho humano a la salud y a la vida”.